Obligaciones Suministro de Información
De acuerdo con el artículo 10 de la Orden HAP 2105/2012 por el que se regulan las obligaciones de suministro de información en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Las Corporaciones Locales que cuenten con un Plan de Ajuste deberán remitir, antes del día 30 del primer mes siguiente a la finalización de cada trimestre, información sobre seguimiento y en su caso, actualización.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
La Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece en el artículo 6 que las Entidades Locales deberán presentar antes del día de 15 de marzo de cada ejercicio, de acuerdo con la información disponible sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo en los que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
Se recuerda que de acuerdo con la Orden HAP/2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera, es necesario cumplir a través de la plataforma Autoriza dependiente del Ministerio de Hacienda, con las siguientes obligaciones de suministro de información antes del día 31 de enero de 2024:
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deben remitir información sobre la ejecución de los presupuestos y Período Medio de Pago antes de que finalice el día 31 de julio de 2024.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones locales están obligadas con carácter anual, a remitir información sobre las líneas fundamentales de los Presupuestos para el ejercicio siguiente.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deben remitir información sobre la ejecución de los presupuestos y Período Medio de Pago antes de que finalice el día 31 de octubre de 2024.
Las Corporaciones de población superior a 5.000 deberán remitir también el informe de morosidad.
Fuente: Obligaciones suministro de información.
Atentamente
Equipo
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de Octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones Locales deberán remitir trimestralmente información sobre la ejecución de los presupuestos, Período medio de pago e Informe de morosidad.
De las obligaciones contenidas en el artículo 16 las Corporaciones Locales de menos de 5.000 habitantes sólo deben presentar información trimestral sobre Plan de tesorería con el detalle de deuda viva y el PMP.
Así mismo y de acuerdo con el artículo 10 de la misma normativa, aquellas entidades que tengan Plan de Ajuste deben presentar informe de seguimiento y, en su caso, actualización.
Las aplicaciones para ambas obligaciones estarán abiertas hasta el día 31 de julio del 2025.
Las entidades que deseen solicitar asistencia deben hacerlo a través del registro general de la Diputación.
Fuente: Obligaciones suministro información.
Equipo
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - 31 de enero
De acuerdo con la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones Locales deberán remitir la siguiente información:
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - EJECUCIÓN 1ºT
El artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales deberán, antes del último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, remitir información sobre la ejecución presupuestaria.
No obstante y de acuerdo con el punto 10 del citado artículo, los municipios de menos de 5.000 habitantes sólo deberán remitir información sobre el calendario y presupuesto de tesorería y sobre el Período medio de pago.
La aplicación Autoriza estará abierta hasta el día 30/04/2023.
Fuente: Ministerio.
Atentamente;
Equipo SAEL
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - PLAN DE AJUSTE
El artículo 10 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales que tengan aprobado un Plan de Ajuste deberán enviar antes del día 30 de cada mes siguiente a la finalización de cada trimestre, información que determina el punto uno de dicho artículo a efectos de realizar su seguimiento y, en su caso, actualización.
La aplicación Autoriza estará abierta hast el día 30/04/2023.
Fuente: Ministerio.
Atentamente;
Equipo SAEL
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN CIR-LOCAL 2023
De acuerdo con el artículo 17 de la Orden HAP 2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de acuerdo con el apartado III del capítulo 2º de la Resolución de 9 de septiembre de 2015, por la que se determina el principio de prudencia financiera en los avales y activos financieros de los mismos, las entidades locales deben informar sobre la variación neta a cierre del ejercicio anterior en términos de contabilidad nacional.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO 2024
De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deberán enviar con anterioridad al 15 de septiembre información sobre las Líneas fundamentales del presupuesto para el ejercicio siguiente.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PRESUPUESTOS
Se recuerda que de acuerdo con el artículo 15.3 de la Orden HAP 2105/25012, por la que desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que las Entidades Locales deberán remitir hasta el 31 de Enero de cada año información sobre los presupuestos aprobados, o en su caso la prórroga.
Equipo

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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN SOBRE PERSONAL
De acuerdo con el artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la L.O. 2/2012 de EPSF, establece que las Entidades Locales deberán remitir información relativa a número de efectivos y clase de personal.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN, LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO
De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPYSF, las Corporaciones Locales deberán remitir, antes del día 15 de septiembre, información sobre las líneas fundamentales del presupuesto.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: ESFUERZO FISCAL MEDIO
Con el fin de proceder a la liquidación definitiva de la participación de los Ayuntamientos en los tributos del Estado correspondientes a 2022, y a efectos de poder determinar el Esfuerzo Fiscal medio de cada municipio de acuerdo con el artículo 124.1.b del RDL 2/2004, las respectivas Corporaciones Locales deberán facilitar, antes del 30 de junio del año 2024, información sobre el esfuerzo fiscal medio del ejercicio 2022.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: ISPA
El artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la LO 2/2012 de ESYSF, establece que las entidades locales deberán remitir, una vez aprobados sus correspondientes presupuestos y estados financieros, información detallada sobre los gastos de personal.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: VARIACIÓN ACTIVOS NETOS FINANCIEROS
La OVEELL vuelve a abrir la aplicación CIR Local en Autoriza para que las entidades locales comuniquen la variación de activos netos financieros a 31 de diciembre 2023, de acuerdo con el artículo 17 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de ES y SF.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO INFORMACIÓN
De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera, las corporaciones locales deberán remitir al ministerio a través del portal Autoriza, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo.
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OBLIGACIONES TRIMESTRALES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: PLAN DE AJUSTE Y EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA TERCER TRIMESTRE
El Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene abierta la la Aplicación Autoriza para el cumplimiento de las siguientes obligaciones de suministro de información contenidas en los artículos 10 y 16 de la Orden HAP/2105/2012:
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