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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

La Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece en el artículo 6 que las Entidades Locales deberán presentar antes del día de 15 de marzo de cada ejercicio, de acuerdo con la información disponible sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo en los que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

Se recuerda que de acuerdo con la Orden HAP/2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera, es necesario cumplir a través de la plataforma Autoriza dependiente del Ministerio de Hacienda, con las siguientes obligaciones de suministro de información antes del día 31 de enero de 2024:
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deben remitir información sobre la ejecución de los presupuestos y Período Medio de Pago antes  de que finalice el día 31 de julio de 2024.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones locales están obligadas con carácter anual, a remitir información sobre las líneas fundamentales de los Presupuestos para el ejercicio siguiente.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deben remitir información sobre la ejecución de los presupuestos y Período Medio de Pago antes  de que finalice el día 31 de octubre de 2024.
 
 
Las Corporaciones de población superior a 5.000 deberán remitir también el informe de morosidad.
 
Fuente: Obligaciones suministro de información.
 
Atentamente 
Equipo
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - 31 de enero

De acuerdo con la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria  y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones Locales deberán remitir la siguiente información:
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - EJECUCIÓN 1ºT

El artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012  por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales deberán, antes del último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, remitir información sobre la ejecución presupuestaria. 
 
No obstante y de acuerdo con el punto 10 del citado artículo, los municipios de menos de 5.000 habitantes sólo deberán remitir información sobre el calendario y presupuesto de tesorería y sobre el Período medio de pago.
 
La aplicación Autoriza estará abierta hasta el día 30/04/2023.
 
Fuente: Ministerio.
 
Atentamente;
Equipo SAEL
 
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - PLAN DE AJUSTE

El artículo 10 de la Orden HAP/2105/2012  por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales que tengan aprobado un Plan de Ajuste deberán enviar antes del día 30 de cada mes siguiente a la finalización de cada trimestre, información que determina el punto uno de dicho artículo a efectos de realizar su seguimiento y, en su caso, actualización.
 
La aplicación Autoriza estará abierta hast el día 30/04/2023.
 
Fuente: Ministerio.
 
Atentamente;
Equipo SAEL
 
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN CIR-LOCAL 2023

De acuerdo con el artículo 17 de la Orden HAP 2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de acuerdo con el apartado III del capítulo 2º de la Resolución de 9 de septiembre de 2015, por la que se determina el principio de prudencia financiera en los avales y activos financieros de los mismos, las entidades locales deben informar sobre la variación neta a cierre del ejercicio anterior en términos de contabilidad nacional.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO 2024

De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deberán enviar con anterioridad al 15 de septiembre información sobre las Líneas fundamentales del presupuesto para el ejercicio siguiente.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PRESUPUESTOS

Se recuerda que de acuerdo con el artículo 15.3 de la Orden HAP 2105/25012, por la que desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que las Entidades Locales deberán remitir hasta el 31 de Enero de cada año información sobre los presupuestos aprobados, o en su caso la prórroga.

Equipo 

sael

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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN SOBRE PERSONAL

De acuerdo con el artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la L.O. 2/2012 de EPSF, establece que las Entidades Locales deberán remitir información relativa a número de efectivos y clase de personal.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN, LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO

De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPYSF, las Corporaciones Locales deberán remitir, antes del día 15 de septiembre, información sobre las líneas fundamentales del presupuesto.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: ESFUERZO FISCAL MEDIO

Con el fin de proceder a la liquidación definitiva de la participación de los Ayuntamientos en los tributos del Estado correspondientes a 2022, y a efectos de poder determinar el Esfuerzo Fiscal medio de cada municipio de acuerdo con el artículo 124.1.b del RDL 2/2004, las respectivas Corporaciones Locales deberán facilitar, antes del 30 de junio del año 2024, información sobre el esfuerzo fiscal medio del ejercicio 2022.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: ISPA

El artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la LO 2/2012 de ESYSF, establece que las entidades locales deberán remitir, una vez aprobados sus correspondientes presupuestos y estados financieros, información detallada sobre los gastos de personal.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: VARIACIÓN ACTIVOS NETOS FINANCIEROS

La OVEELL vuelve a abrir la aplicación CIR Local en Autoriza para que las entidades locales comuniquen la variación de activos netos financieros a 31 de diciembre 2023, de acuerdo con el artículo 17 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de ES y SF.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera, las corporaciones locales deberán remitir al ministerio a través del portal Autoriza, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo.
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PLAN PRESUPUESTARIO A MEDIO PLAZO Y TIPOS IMPOSITIVOS

De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HAP 2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de EPYSF, las Entidades Locales deberán remitir antes del 15 de marzo de cada ejercicio, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo en los que se enmarcará la elaboración de los presupuestos anuales, de acuerdo con la información disponible sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública.
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