BOJA: Decreto-ley 18/2021, de 7 de septiembre, por el que se regula el aplazamiento y fraccionamiento especial del pago de deudas de EELL con la Junta de Andalucía y se establecen otras normas recaudatorias.
La situación actual de algunas corporaciones locales, especialmente ayuntamientos, derivada de sus deudas con la Junta de Andalucía les impide afrontar a corto plazo sus obligaciones tributarias y el cumplimiento de pago de otras deudas de Derecho Público con la Comunidad Autónoma de Andalucía. El hecho de no estar al corriente de sus obligaciones con la Junta de Andalucía puede impedirles ser beneficiarias de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. Por ello, se considera oportuno y necesario regular un aplazamiento y fraccionamiento especial, con un periodo de carencia máxima para los dos primeros años.
El Instrumento Europeo de Recuperación «Next Generation» va a posibilitar la llegada de fondos europeos a todas las Administraciones Públicas. Esta posición deudora de algunas corporaciones locales pone en riesgo su recuperación, ya que podría impedir el acceso de las mismas a los referidos fondos, con el consiguiente perjuicio para la ciudadanía, al constituir los fondos europeos una palanca necesaria y fundamental para la reactivación económica.